¿Cómo puede el editor eximirse de responder por las infracciones hechas por el autor de una obra?
El contenido ilícito de una obra intelectual significa una serie de costos para el editor, que pasan no solamente por
el deber de reparar el daño causado a otros, sino también por las pérdidas que implica la impresión de ejemplares de una obra que no pueden ser comercializados. Una mera declaración de exclusión de responsabilidad por los contenidos generados por el autor, no tiene efecto práctico.
Como resguardo ante eventualidades de esa naturaleza, una práctica extendida en otros países (además del incentivo a un ejercicio celoso de la función editorial) es incluir, en los contratos de edición o en protocolos añadidos a dichos
contratos y conocidos solo por los contratantes, cláusulas que distribuyan los eventuales costos de litigación que la
publicación de la obra signifique para el editor y los costos de indemnizar a los afectados.