Dominio público

¿Las obras que usan licencias Creative Commons pasan a ser parte del dominio público?

No, estas licencias no ponen las obras licenciadas dentro del dominio público, ni significan la renuncia a los derechos que se tienen sobre la obra, sino que entregan autorización para ciertos usos, estimulando la reutilización creativa de la obra en formas no contempladas por las reglas de derechos de autor, manteniendo un nivel de control.

¿Se puede usar obras de dominio público que están en manos de entidades estatales?

Sí, pueden usarse libremente, aunque existen dificultades prácticas. A diferencia de lo que ocurre con muchas obras clásicas, hay situaciones de administración de obras pertenecientes al dominio público, que restringen el acceso a las mismas. Por ejemplo, el proyecto Memoria Chilena, desarrollado al alero de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM), realiza un […]

¿Cómo se sabe si un autor ha renunciado a sus derechos sobre una obra?

La ley no establece un mecanismo para hacer efectiva la renuncia ni un modo de acreditarla. Como mínimo, para usar una obra cuando se cree que el autor ha renunciado a los derechos sobre ella, es necesario que haya certeza de la renuncia por el titular, pudiendo constituir prueba de ello una declaración de renuncia […]

¿Qué pasa si un autor renuncia a sus derechos?

Si el autor de una obra renuncia a la protección legal, la obra pasará a ser parte del dominio público y podrá ser usada libremente. Esto se refiere a los derechos de explotación de la obra, no así a los llamados derechos morales, como a la paternidad del autor sobre la obra. Es importante que […]

¿Cómo se pueden usar las obras del folclor?

Es complejo, porque aquí hay más de una situación. Existen las obras de estilo folclórico, como canciones y coreografías. Ellas también son obras protegidas por el derecho de autor y se requiere autorización para su uso. Pero existen también obras tradicionales de nuestro folclor, tales como canciones, leyendas, danzas y otras expresiones folclóricas, de las […]

¿Se aplica el plazo de protección a las obras inéditas de un autor?

No, el cálculo en esos casos es muy distinto. Si una obra se mantiene inédita -es decir, cuando no hay publicación autorizada por el autor- por un plazo de cincuenta años desde su creación, el plazo de protección sobre esa obra es de setenta años contados desde el 31 de diciembre del año de creación […]

¿Cómo se calcula el plazo en obras anónimas o seudónimas?

Para las obras anónimas o seudónimas (es decir, cuando hay reserva voluntaria de la identidad del autor), el plazo de protección es de setenta años contados a partir de la primera publicación, ya que es el único hecho susceptible de verificarse. Sin embargo, si antes de cumplirse dicho plazo se da a conocer el autor, […]