¿Cómo se calcula el plazo en obras anónimas o seudónimas?
Para las obras anónimas o seudónimas (es decir, cuando hay reserva voluntaria de la identidad del autor), el plazo de protección es de setenta años contados a partir de la primera publicación, ya que es el único hecho susceptible de verificarse.
Sin embargo, si antes de cumplirse dicho plazo se da a conocer el autor, se aplicará la regla general, esto es, el plazo de setenta años de vigencia de los derechos se comienza a computar desde la fecha de la muerte del autor.