¿Qué requisitos tiene la publicación de una obra?

Como requisitos mínimos, la ley obliga al editor a consignar en cada uno de los ejemplares que se publiquen, los siguientes elementos:

  1. El título de la obra;
  2. El nombre o seudónimo del autor o autores, y del traductor o coordinador, salvo que hubieren decidido mantenerse en anonimato;
  3. La mención de reserva, con indicación del nombre o seudónimo del titular del derecho de autor y el número de la inscripción en el registro;
  4. El año y el lugar de la edición y de las ediciones anteriores, en su caso;
  5. El nombre y la dirección del editor y del impresor, y
  6. El tiraje de la obra.

No añadir estas menciones da lugar a la imposición de multas, además de la obligación de subsanar la omisión.