¿Se pueden fotografiar casas o edificios sin pedir permiso?

Sí. La ley permite hacer reproducciones de las obras arquitectónicas por cualquier medio, sea fotográfico, audiovisual o análogo, sin requerir autorización del titular de las obras de arquitectura.

También se exceptúa la publicación de dichas reproducciones, tales como las fotografías en diarios, revistas y textos escolares. En ninguno de esos casos se requiere solicitar permiso o pagar remuneración alguna. La salvedad se da a propósito de la colección separada de fotografías de tales obras, que sí requeriría autorización del autor.

Esta excepción es la que permite, por ejemplo, que un fotógrafo pueda realizar fotografías de los edificios de Telefónica o el Museo de Arte Contemporáneo y publicarlas en un periódico, revista o exposición, sin necesidad de solicitar autorización a sus arquitectos ni a las empresas constructoras, ni a las instituciones albergadas en tales edificios, y sin distinción de si se refiere a usos comerciales o no. Esto también es aplicable al mundo editorial, pudiendo ser publicada como portada de un libro, la fotografía de un edificio sin necesidad de tener que obtener autorización para ello.

No obstante, es necesario tener ciertos resguardos. Si bien no es necesaria la autorización a título de derechos de autor, sí puede estar prohibida la captura fotográfica por otros motivos. Así ocurre respecto de ciertos edificios pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Orden Público, cuando existen letreros en la vía pública que expresan tal prohibición. También está prohibido obtener grabaciones o fotografías sin autorización dentro de recintos privados o de acceso cerrado.